Por Zara Snapp y Jorge Valderrábano
Fotografía: Patricio Betteo, cortesía de Nexos
El Programa de Justicia Terapéutica (PJT) se fundamenta en programas de tratamiento especializado.3 Destacan dos estrategias adoptadas por los jueces: reconocer los logros, y propiciar la participación de los familiares y de la comunidad mediante un programa de seguimiento. Existen distintas barreras que dificultan el éxito del modelo. En primer lugar, el requisito de adquirir o mantener motu proprio un trabajo lícito excluye automáticamente a las personas con un uso problemático de sustancias en contexto de exclusión social —por ejemplo, personas que viven en la calle y sexoservidoras—. La empleabilidad e incorporación de las personas usuarias al mundo del trabajo es uno de los tres pilares de la integración social, junto con la vivienda y la educación. Por ende, el Modelo no necesariamente responde a las realidades de las personas que podrían ingresar al programa. La rehabilitación e integración comunitaria —término de por sí con tintes discriminatorios— es uno de los componentes del Modelo (fase cinco); pero la composición del equipo multidisciplinario tiene un enfoque eminentemente clínico-judicial y carece de una aproximación de integración social que requiere la inclusión de personas del sector educativo y del trabajo.