El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emitió un acuerdo en el que establece que los juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México, conocerán del trámite, resolución y cumplimiento de las sentencias de los juicios de amparo interpuestos contra el gasolinazo.
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Las demandas de garantías deberán señalar como acto reclamado, entre otros, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; la Ley de Hidrocarburos; el acuerdo que establece el precio máximo de la gasolina, y el acuerdo que establece el cronograma de flexibilización de precios de gasolinas y diésel, previsto en el artículo décimo segundo transitorio de la Ley de Ingresos en mención.
Mientras que los asuntos que se encuentren admitidos en los juzgados de Distrito del país, deberán remitirse, para la continuación de la sustanciación y resolución a los mencionados juzgados Primero y Segundo, que por turno les corresponda, una vez resuelta la procedencia de la suspensión definitiva, por conducto de su Oficina de Correspondencia Común, para la continuación de su tramitación.
En este caso, indicó el CJF, el egreso correspondiente deberá ser reportado como "Egreso por Acuerdo General", en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.
El órgano responsable de la vigilancia y disciplina de los jueces y magistrados federales señaló que los Juzgados de Distrito que conozcan de las demandas materia del presente acuerdo, deberán colocar en lugar visible, avisos donde se informe al público que los juicios de amparo en los que se reclame, entre otros la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017; la Ley de Hidrocarburos; el Acuerdo que establece el precio máximo de la gasolina, y el Acuerdo que establece el cronograma de flexibilización de precios de gasolinas y diésel, previsto en el artículo décimo segundo transitorio de la Ley de Ingresos en mención, serán del conocimiento de los juzgados Primero y Segundo.
Asimismo, conocerán de los recursos que se interpongan en contra de las determinaciones dictadas en los juicios de amparo materia del presente Acuerdo, los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito.
Los recursos interpuestos, que a la fecha de aprobación del presente acuerdo se encuentren turnados a los Tribunales Colegiados de Circuito correspondientes al lugar donde se haya promovido la demanda de amparo, serán resueltos por éstos.
La Judicatura puntualizó que para el trámite y resolución de los asuntos en que se reclaman las disposiciones materia del presente Acuerdo General se utilizarán las herramientas electrónicas implementadas por el Consejo de la Judicatura Federal.
Los promoventes de los juicios de amparo materia del presente acuerdo, podrán solicitar a los titulares de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en la Ciudad de México la autorización para la consulta del expediente electrónico en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, en términos del Acuerdo General Conjunto 1/2015.
jbh