La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó un amparo otorgado a Telcel en contra de las tarifas asimétricas de interconexión de redes (entre empresas) para 2018, fijadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
Con lo anterior, se confirma que el IFT tiene la facultad de establecer dichas tarifas entre los agentes económicos e incentivar la libre competencia en el mercado de telecomunicaciones.
"Puede emitir la metodología idónea para el cálculo de costos, así como el modelo que permita resolver las disputas entre el agente económico preponderante y los demás concesionarios”, señaló la Suprema Corte de Justicia.
El máximo tribunal del país consideró que para determinar las tarifas, el IFT realizó las consultas públicas a las que está obligado respecto a la metodología, así como para el propio modelo de costos que debe ser ampliado.
“Además, esa autoridad reguladora expuso detalladamente cada uno de los aspectos técnicos que tomó en consideración para deducir los montos fijados”, señaló la corte.
Además, esa autoridad reguladora expuso detalladamente cada uno de los aspectos técnicos que tomó en consideración para deducir los montos fijados.
lvm