Las tres acciones de inconstitucionalidad que promovieron diputados locales contra el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México fueron admitidas a trámite por un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El pasado 13 de septiembre, legisladores locales de Morena interpusieron los recursos contra las leyes anticorrupción, bajo el argumento de que el gobierno de Miguel Ángel Mancera publicó en la Gaceta Oficial normas diferentes a las que aprobó la Asamblea Legislativa.
Los quejosos señalaron que las normas van en contra de leyes federales en la materia, por ejemplo, ya que permiten al jefe de Gobierno de la Ciudad de México proponer al fiscal anticorrupción.
La legisladora Aleida Alavez responsabilizó al consejero jurídico de la CDMX, Manuel Granados de modificar las leyes anticorrupción avaladas por la ALDF, cuyos textos son diferentes a los publicados en la Gaceta Oficial el pasado 1 de septiembre.
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De acuerdo con los legisladores locales las leyes impugnadas violan la Constitución al designar al Fiscal y al Secretario Técnico del Sistema Anticorrupción por mayoría simple, en contra específicamente de lo que señala el artículo 113 de la Constitución y la Ley General del Sistema que establece mecanismos de mayoría calificada para el nombramiento y la designación.
De igual manera, los legisladores locales impugnaron la publicación realizada por el Gobierno local, a través de la Consejería Jurídica, debido a que se alteró el artículo 6 transitorio de la Ley del Sistema Anticorrupción al facultar al jefe de Gobierno a emitir la terna para el nombramiento del Secretario Técnico, la cual correspondía a las Comisiones de Transparencia y Combate a la Corrupción y de Rendición de Cuentas de la ALDF.
El ministro ponente ordenó dar vista a la Asamblea Legislativa y al Jefe de gobierno de la Ciudad de México para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles.
Asimismo, ordenó la entrega de los antecedentes legislativos del Decreto impugnado y un ejemplar de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el que conste su publicación, respectivamente.