Casi dos meses después de anunciarse en Tamaulipas un plan de austeridad para ahorrar 680 millones de pesos durante 2017, la Secretaría de Finanzas publicó los Lineamientos mediante los cuales se establecen las Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina en el Gasto Público de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.
Quedan congeladas las vacantes del aparato gubernamental y se advierte que los servidores públicos no podrán hacer mal uso de los recursos oficiales asignados; se afirma que habrá sanciones para quienes no acaten lo estipulado, pero no se detalla el alcance de dichas sanciones.
Con un Decreto de 65 artículos y dos transitorios, entraron en vigor los Lineamientos de austeridad en el gasto público, que permiten aplicar el plan anunciado desde el pasado 2 de febrero por el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.
La Secretaría de Finanzas publicó en el Periódico Oficial del Estado el pasado jueves 30 de marzo, la continuación de un primer Decreto, plasmado a su vez, en el mismo órgano informativo, el 8 de marzo, y en el cual se ordenó a la citada dependencia, emitir, a más tardar el día último de ese mes, los Lineamientos respectivos.
En estos últimos, se establece, que no se podrá disponer de los recursos humanos, materiales y técnicos de las dependencias y entidades, para el beneficio personal de los servidores públicos.
El titular del Ejecutivo podrá efectuar reducciones a los montos de los presupuestos aprobados, así como diferimientos o cancelaciones de programas y conceptos de gasto a dependencias y entidades, cuando no resulten indispensables y ello permita obtener ahorros. Se afirma que "en todo momento se respetará el presupuesto destinado a las prioridades del gasto, principalmente a los programas sociales y a la seguridad pública".
Se indica que las solicitudes de contratación y promoción deberán justificarse plenamente y las personas contratadas se presentarán en su centro de trabajo hasta que se auto rice su movimiento de alta o nombramiento.
Sin embargo, en el Artículo 19 se lee textualmente: Se congelan todas las plazas vacantes, salvo las excepciones que para el caso determine el gobernador y las Secretarías de Administración, Finanzas y Contraloría.
Dice que evitarán duplicidad de funciones y exceso de personal, y se estandarizarán los sueldos de mandos medios y superiores.
No deberán asignarse vehículos para uso personal y exclusivo de un funcionario público, exceptuando a aquellos destinados al servicio de seguridad pública comisiones que lo justifiquen.
Los vehículos deberán permanecer resguardados después de la jornada de trabajo, fines de semana, días festivos y vacaciones, en los lugares oficiales, excepto los de áreas operativas de seguridad pública, protección civil y procuración de justicia.
El servidor público será directamente responsable del uso que haga del mismo, cubrirá daños de percances por negligencia o conducción irresponsable y en ese contexto, tendrá que pagar de su bolsa infracciones o multas viales.
Se ordena a las dependencias ahorrar luz, agua y teléfono. Se autoriza el servicio de telefonía móvil y radio únicamente para el titular del Ejecutivo, Secretarios y áreas como seguridad pública, procuraduría y servicios electrónicos.
El Internet sólo debe ser utilizado para fines oficiales. Se restringe al mínimo el uso de papelería y auto materiales de oficina, debiendo utilizarse correo electrónico en las comunicaciones internas.
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Se racionaliza la transportación aérea y pago de viáticos en general. Quedan restringidos los viajes al extranjero, salvo los justificados y autorizados por el gobernador y deberá viajarse en categoría turista.
Solo la Secretaría de Obras Públicas y el Itife podrán contratar obra pública, y con apego a la ley en la materia y el programa anual autorizado.
Se prohíbe costear celebraciones de carácter personal, que realicen los servidores públicos dentro o fuera del área de trabajo, con cargo al erario.
Finanzas y Bienestar Social harán un Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales, identificando plenamente a los destinatarios.
Queda prohibida la adquisición de vehículos de lujo o de características superiores a las necesarias, con excepción de los indispensables para la prestación de servicios públicos y de seguridad pública.
Se privilegiará la compra de bienes y servicios a través de proveedores locales, si éstos ofrecieran los mejores precios; excepción hecha para productos especializados de seguridad pública y salud.
El Artículo 62, indica que, los servidores públicos deberán evitar la utilización de recursos públicos en la búsqueda de privilegios, beneficios económicos, la promoción de la imagen personal para sí o para terceros, evitando en todo caso el detrimento de los recursos públicos o utilizar la influencia del cargo encomendado.
Refiere textual el Artículo 63 que se sancionará a quienes derivado de las funciones a su cargo, incumplan las acciones y no lleven a cabo las medidas de los Lineamientos.
Para ello, la Contraloría Gubernamental documentará los actos u omisiones que puedan implicar alguna responsabilidad administrativa e iniciar los procedimientos de responsabilidades conforme a su competencia. No se especifica la ley aplicable.