La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó el análisis de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, denominada Ley Atenco, discusión en la que el ministro Alberto Pérez Dayán propuso declarar inconstitucional el artículo 40 del mencionado estatuto.
Pérez Dayán planteó anular seis artículos, entre ellos, el 40, y validar ocho más; el ministro se opone a que el uso de la fuerza pueda emplearse "como primera opción" por parte de las autoridades mexiquenses.
El asunto llegó a la Corte porque diputados locales de la LIX Legislatura del Estado de México y las comisiones Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de Derechos Humanos del Edomex promovieron acciones de inconstitucionalidad contra la citada ley.
Los diputados locales, quienes aprobaron el estatuto, ahora buscan que la Corte la invalide en su totalidad.
Sin embargo, Pérez Dayán propuso sobreseer la acción presentada por el congreso mexiquense, bajo el argumento de que el recurso fue presentado por la mayoría de los diputados locales (51 que equivalen al 68 por ciento de los legisladores), por lo que ellos mismos pudieron haber derogado toda la ley.
Los ministros José Ramón Cossío Díaz y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea se opusieron a la propuesta de Dayán, de sobreseer la impugnación local, y manifestaron que ésta debe ser estudiada también.
Cossío dijo que no se puede solicitar a nadie una "explicación psicológica" de porqué promueven sus acciones de inconstitucionalidad; "Me parece que es como si le preguntáramos a cada actor en juicio: ¿oiga usted por qué vino? ¿Realmente díganos su motivación jurídica? Y yo creo que con toda razón nos podría contestar: a usted que le importa, yo vine porque quiero litigar y porque creo que se ha violado un derecho".
Por su parte, Zaldívar expresó que basta que haya un escrito en el que se impugna una determinada ley, en la que se identifican los preceptos, y por ende, se tenga que admitir a trámite. "No creo que nos toque a nosotros tratar de adivinar cuál es el estado psicológico de quienes promueven juicios y recursos", enfatizó el ministro.
La únicas fracciones parlamentarias que no impugnaron la ley la ante la Corte fueron Morena y el Partido Acción Nacional.
La discusión del tema será retomada el próximo jueves y dará oportunidad a ocho ministros más de fijar su posición, en el sentido de si se deben o no estudiar los alegatos de los diputados locales.
La Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, denominada Ley Atenco fue una iniciativa del gobernador mexiquense Eruviel Ávila, por lo que fue enviada en diciembre de 2015 al Congreso Local, mismo que la aprobó el 17 de marzo, fecha en que también fue promulgada y un día después publicada en el periódico oficial mexiquense.
El único partido político que se opuso a la norma fue el Movimiento Regeneración Nacional, al considerar que trasgrede derechos humanos.
Sin embargo, para las autoridades mexiquenses la ley es necesaria para garantizar el cumplimiento de su responsabilidad de proteger los derechos humanos, entre ellos el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas y para garantizar estas, cuando otros medios resulten ineficaces o no los garanticen.
El artículo 40 de la Ley Atenco, en un principio, reconoce que el uso de la fuerza es el último recurso, pero inmediatamente establece, que podrá emplearse "como primera opción", lo cual atenta derechos fundamentales, detalla el proyecto del ministro Pérez Dayán.
jbh