Corte atrae caso de pareja gay que busca dar apellidos a su hijo

Un juez del Registro Civil de Yucatán negó el registro del menor con los apellidos del matrimonio, bajo el argumento de que ese derecho deviene del parentesco por consanguinidad.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo un asunto que puede sentar un precedente en temas relacionados con parejas del mismo sexo, porque tiene en sus manos un caso relacionado con el matrimonio de una pareja de hombres que alquilaron un vientre para concebir un hijo con el esperma de uno de ellos, menor al que quieren registrar como suyo.

A través de un procedimiento de fertilización in vitro a que se sometió una mujer -con la fecundación lograda con un esperma proveniente de la pareja y un óvulo de donante anónima- la pareja logró la procreación de un hijo con nexo biológico.

Después pidieron por escrito al Registro Civil de Yucatán inscribir al menor con los apellidos de ambos integrantes del matrimonio. Sin embargo, la solicitud les fue negada.

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De acuerdo con el juez del Registro Civil, el derecho a los apellidos deviene del parentesco por consanguinidad, que surge de la relación genética entre el menor y sus progenitores; por ese motivo, los padres interpusieron un juicio de garantías, pero les fue negada la protección de la justicia. Los quejosos impugnaron el fallo.

La Sala, a petición del ministro Arturo Zaldívar Lelo Larrea atrajo el asunto por la trascendencia del mismo, ya que se deben tomar en cuenta los derechos del menor, así como los derechos y obligaciones de la pareja que acude a estas técnicas y de la madre que se presta a la práctica.

El asunto permitirá a la Corte emitir lineamientos sobre la forma en la que se tiene que fijar la filiación de un menor que haya nacido a través de técnicas de reproducción asistida.

De igual manera, permitirá la emisión de un pronunciamiento sobre dichas técnicas como medio para hacer valer el derecho a formar una familia de las parejas del mismo sexo, así como a determinar si hay requisitos específicos que deban verificarse en contratos de este tipo.

La resolución de este asunto permitirá a la Corte dar lineamientos sobre los deberes a cargo del Estado, a través de las autoridades del Registro Civil, a fin de tutelar los derechos de las partes involucradas.

nerc

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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