La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), externó su conformidad en la eliminación de la solicitud por parte del SAT, de la Constancia de Situación Fiscal, que forma parte de los nuevos requisitos del CFDI versión 4.0 (que incluía el domicilio y código postal del contribuyente), y que hacía necesaria la obtención de la constancia de situación fiscal; el organismo encabezado por Jorge Reyes Casas en La Laguna expuso que el timbrado actual del CFDI, que incluye sólo nombre y RFC del contribuyente, son los datos son idóneos para poder identificar a los contribuyentes.
“En la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) coincidimos con la propuesta del titular del Ejecutivo Federal de eliminar los nuevos requisitos para el timbrado del CFDI contenidos en la Reforma Fiscal 2022, esto, para que el procedimiento continúe con la versión actual que únicamente requiere datos como, el nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC)”.
Reconocieron que, para agilizar el trámite, la autoridad fiscal habilitó diversos mecanismos para el otorgamiento de dichas constancias, aunque finalmente ante la imposibilidad de atender su propia disposición, contenida en el Anexo 20 que emitió, optó por prorrogar el plazo para la entrada en vigor al 1 de enero de 2023, otorgando más tiempo para que todos los trabajadores pudieran obtener su constancia.
“No fue el sector empresarial quien solicitó las Constancias a los trabajadores, sino la misma autoridad en las disposiciones antes expuestas. Respecto a lo expresado por la jefa del SAT acerca de que “muchas empresas condicionaron el pago de la nómina a la obtención de la Constancia de Situación Fiscal”.
Empresas no puede retener pago de nómina
Basado en el artículo 5 de la Constitución Mexicana, Erasmo Nevarez, experto contable refirió: “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial”.
Basado en esta publicación, destacó un caso donde el trabajador no ha podido entregar su constancia, el patrón no puede quedarse con su pago al trabajador, bajo este precepto constitucional.
“Al trabajador no se le debe jamás retener su pago, si no es por un mandamiento judicial, si no existe, no se puede retener su pago al trabajador, ni siquiera por esta petición del SAT”.
¿Cómo obtener mi constancia por internet?
Cabe precisar que el Servicio de Administración Tributaria anunció recientemente que la prórroga para presentar la Constancia de Situación Fiscal se extendió hasta el 1 de enero de 2023. El documento es totalmente gratuito y se puede solicitar a través del portal del SAT. En la sección ‘Otros trámites y servicios’, dar clic en Genera tu Constancia de Situación Fiscal.
Solo se necesita el RFC y contraseña o firma electrónica (e.firma) vigente. También se puede obtener mediante la aplicación SAT Móvil desde cualquier celular o tableta con conexión a Internet; solo se necesita el RFC y contraseña.
EGO