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CdMx tendrá Registro de Instituciones Educativas

La Secretaría de Educación capitalina publicó los lineamientos para integrar una base de datos pública actualizada de escuelas públicas y privadas, con o sin reconocimiento de validez oficial.

La Secretaría de Educación de la Ciudad de México publicó los lineamientos para la integración y funcionamiento del Registro de Instituciones Educativas y para realizar visitas de inspección a los servicios de educación media superior y superior.

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En un primer aviso publicado en la Gaceta Oficial, explica que el Registro de Instituciones Educativas es el padrón de instituciones escolares públicas y particulares que prestan servicios con autorización, con o sin reconocimiento de validez oficial de estudios.

Agregó que el objetivo es tener una base de datos pública con información actualizada que permita a los usuarios de los servicios educativos identificar instituciones públicas y particulares desde el nivel inicial hasta el superior.

El registro, cuya integración iniciará el 15 de enero próximo, contará con datos identificativos de la institución y del plantel, de sus planes de estudio y sus asignaturas, información que será administrada a través de la plataforma informática de validez oficial (Pivoe).

En el documento, la dependencia detalla el proceso de registro, sus efectos y obligaciones, así como sus modificaciones.

En otro aviso, la Secretaría de Educación capitalina dio a conocer los lineamientos para realizar las visitas de inspección a los servicios educativos de tipos medio superior y superior particulares, así como la aplicación de sanciones.

Explicó que estos lineamientos, obligatorios para los servidores públicos de la dependencia, tienen por objeto establecer las directrices a seguir en las visitas de inspección ordenadas a los servicios educativos particulares.

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Agregó que en toda visita de inspección, que se realizará en días y horas hábiles, deberá ajustarse al procedimiento y formalidades que establezcan las leyes General de Educación, de Educación y de Procedimiento Administrativo de la ciudad.

El documento establece los tipos de visita, requisitos para la integración del Programa Anual de Visitas de Inspección, la orden de la visita y las especificaciones de la misma.

También contempla las visitas de inspección relativas a la infraestructura física-educativa en las que se adviertan condiciones que vulneran la salud, la vida o la seguridad de los educandos, del personal docente, administrativo y directivo, de asistencia o de apoyo.

Especifica las obligaciones y derechos del inspeccionado, y subraya que en caso de alguna falta, la autoridad requerirá al interesado para que subsane las deficiencias u omisiones en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la prevención.

FLC

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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