Ciencia y Salud

Indre y Cofepris establecen reglas para pruebas importadas de Covid-19

La Cofepris informó que las pruebas que quiera introducir el sector privadodeben ser evaluadas por el Indre.

En Nuevo León, como en algunos otros estados de México, se ha informado que contarán con pruebas rápidas para detectar el Covid-19 distintas a las que proporcionó la autoridad federal, en algunos casos sin explicar el origen de las mismas o reconociendo que no cuentan con registro, derivado de ello y para evitar confusión en la población, la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió un “aviso importante”, en el cual anuncia el acuerdo al que llegó con el Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (Indre).

En el documento oficial, publicado el 27 de marzo, la Cofepris, en primera instancia destaca que la prueba diagnóstica Covid-19 que se aplica en el sector público fue desarrollada por el Indre y entregada a los laboratorios estatales.

Posteriormente la Cofepris informa que las pruebas que quiera introducir el sector privado, sea para aplicarlas por su cuenta o para vendérselas a los gobiernos estatales, como se ha comunicado se haría en Nuevo León, deben ser evaluadas por el Indre, se debe tener contacto con la Coordinación de Evaluación, y de ser un resultado positivo, el Indre publicaría una lista de cuáles pruebas se pueden comercializar en el país.

Para la aplicación de pruebas en hospitales y laboratorios clínicos privados se informa lo siguiente:

“Las pruebas diagnósticas, antes de su introducción comercial en el país, deben ser evaluadas preliminarmente por el Indre con el objetivo de evitar falsos positivos o negativos que puedan causar males mayores a la población. Por ello, en acuerdo con el Indre, se acuerda que aquellos interesados en introducir pruebas diagnósticas deberán entrar en contacto con la Coordinación de Evaluación, al 55 50621600 ext. 59570.
“El Indre llevará a cabo una evaluación preliminar de su reactivo; si el resultado de la evaluación es favorable, se podrá ingresar el trámite para obtención del registro sanitario; para ello, deberá ingresar su dossier, más el documento con el resultado favorable y se les otorgará un oficio blanco.
“El Indre publicará una lista de aquellas pruebas que se pueden comercializar en el sector privado para la obtención del diagnóstico de Covid-19”, señala la información oficial.

Mientras que para la importación de pruebas diagnósticas para evaluación del Indre deberán ser entregadas al Conacyt, y en caso de resultar aprobadas, importarlas al país vía la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano

Para evaluación por el Indre:

La importación de las muestras necesarias para la evaluación será establecida por el Indre, las cuales podrán ser importadas para investigación a través de la clave que para tal fin cuenta el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).

Para comercialización en el sector privado:

Para su importación comercial deberán contar con el resultado de la evaluación preliminar favorable del Indre y el oficio blanco que expedirá la Cofepris una vez que sometan el dossier para evaluación.

“Con estos documentos podrán importar, vía la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicano (VUCEM) la cantidad a comercializar que se requiera”, destaca el aviso oficial.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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